Acceso y admisión

Se ha tenido en cuenta lo establecido en el artículo 16 del Real Decreto 1393/2007:

  • Para acceder a las enseñanzas oficiales de máster será necesario estar en posesión de un título universitario oficial español u otro expedido por una institución de educación superior del Espacio Europeo de Educación Superior que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de máster.
  • Así mismo, podrán acceder los titulados conforme a sistemas educativos ajenos al Espacio Europeo de Educación Superior sin necesidad de la homologación de sus títulos, previa comprobación por la Universidad de que aquellos acreditan un nivel de formación equivalente a los correspondientes títulos universitarios oficiales españoles y que facultan en el país expedidor del título para el acceso a enseñanzas de postgrado. El acceso por esta vía no implicará, en ningún caso, la homologación del título previo de que esté en posesión el interesado, ni su reconocimiento a otros efectos que el de cursar las enseñanzas de Máster.
  • Reglamento General sobre adaptaciones, convalidaciones y reconocimiento de créditos de la Universidad de Granada, aprobado por la Junta de Gobierno de la Universidad de Granada en sesión celebrada el día 4 de marzo de 1996. Recogidas las modificaciones realizadas por la Junta de Gobierno en sesión celebrada el día 14 de abril de 1997 y en sesión celebrada el día 5 de febrero de 2001.

Acceso

  • El acceso al título de Máster en Gestión Cultural será estudiado y aprobado por la Comisión Académica del Máster, que tendrá en cuenta el expediente académico y la adecuación de los perfiles y curriculums, para seleccionar a las personas admitidas en el título.
  • Se reservarán un 15% de las plazas ofertadas serán para profesionales con una gran experiencia en gestión cultural, interesados en actualizar y completar sus conocimientos.